Puesto de trabajo seguro
Si tienes una microempresa perteneciente al segmento III, el principal objetivo de esta categoría es proporcionarte un puesto de trabajo seguro ¹ con el fin de potenciar o mejorar tu productividad.

Ordenadores por solo 1000€
Ordenadores de más de 1000€
* Importe máximo subvencionable Kit Digital 1000€ ²
Precios impuestos no incluidos ³
Canarias, Ceuta y Melilla gastos logísticos no incluidos
Soporte y atención
El dispositivo se entregará dentro de España y contará con un servicio de soporte en régimen de 5 días laborables. Los avisos de averías o incidencias se comunicarán mediante correo electrónico, con un horario mínimo del servicio de atención de 09:00 a 17:00 horas, de lunes a viernes.
Las reparaciones se harán a través de un soporte en remoto o in situ. Se incluyen reparaciones por rotura o desperfectos y problemas de configuración, siempre que estén basados en un correcto uso del dispositivo ⁴. El tiempo máximo de reparación de la avería será de 5 días laborables o se proveerá un equipo de sustitución.
Posibilidad de adquisición del hardware asociado
Una vez finalizada la fase II, si lo deseas, tienes la posibilidad de adquirir el hardware asociado por la cantidad de 1€ + impuestos y/o tasas aplicables para todos nuestros equipos.
¹ Aquellos beneficiarios que opten por la formalización de Acuerdos de la Categoría de «Puesto de trabajo seguro», deberán tener validado uno o más Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización por cualquier otra Categoría de Solución de Digitalización de entre las previstas en el artículo 18.2 de las Bases Reguladoras.
² El importe final a pagar por el beneficiario se calculará aplicando el impuesto correspondiente al precio base del producto y restando la subvención disponible para el beneficiario, con un límite máximo de 1.000 € de ayuda.
³ Quedan excluidos de la subvención los impuestos indirectos (IVA, IGIC, IPSI) y cualquier otra tasa o tributo adicional, incluido el canon digital o los gastos de entrega especial en territorios no peninsulares.
⁴ El uso inadecuado de las soluciones de digitalización podrá implicar la finalización de la subvención y la obligación de reintegrar el importe utilizado.

